miércoles, 2 de noviembre de 2016


VALORACION PLENO ORDINARIO 24/10/2016



Empieza el último Pleno Ordinario del año, con un Salón lleno y con mucha expectación. Después de aprobar el Acta anterior y los Decretos de Alcaldía, se propone como días de fiestas locales para el año 2017, el 4 y 5 de octubre, con el propósito de reforzar las fiestas de Sant Francesc, se aprueba por 6 votos a favor, 3 en contra y 2 abstenciones.

El siguiente punto trata de una modificación de créditos para la compra de terreno en C/ 9 de octubre. Se aprueba por 6 a favor y 5 abstenciones.

En el punto 5º se pasa a debatir los Presupuesto Generales del 2017, que como nos expone la Concejala de Hacienda, son muy parecidos a los del año pasado, sin variaciones especiales y que suman 5.747.126,53€, algo por debajo del 2016. se aprueban por 6 a favor y 5 abstenciones.

En el siguiente punto se pasa a informar sobre la conveniencia de modificar la ordenanza fiscal reguladora de la tasa de basura, para excluir a los locales cerrados y regular la tasa en las viviendas que realicen actividades comerciales, de tal forma que sólo se pague una tasa y sea la mas elevada. Se aprueba por 9 votos a favor y 2 abstenciones.

Pasamos al punto sobre el Convenio de Plan de pagos al Consorcio de Aguas Marina Baixa, punto que el Grupo Compromís quiere dejar sobre la mesa, alegando que es lesivo para el pueblo de Polop a lo que se suma el grupo Popular, sin saber realmente lo que estaba pasando. Como bien explica el Alcalde, la cesión de los pozos 1 y 2 de Polop al Consorcio, datan del año 1.984 y 1.996, y lo único que se hace es regularizar y actualizar ese mismo acuerdo, que decía bien claro que el agua era para Polop y en ocasiones para el Riego de Polop, pero ahora que los terrenos son de titularidad municipal y que esta Corporación no estaba de acuerdo con el caudal exento, ni con la deuda contraída con el Consorcio, desde hace 26 años, con la que nos encontramos cuando entramos a gobernar, y que superaba los 550.000€ . Después de varias negociaciones, este Ayto. ha conseguido que, el caudal exento pase de 279.248m3/año a 427.092m3/año, pero que sea con carácter retroactivo desde el año 2009, de ahí que la deuda sea ahora de 359,868€. Como bien dice el Alcalde, el acuerdo es muy bueno para Polop y no cambia ni un ápice el compromiso del Consorcio con Polop, sino al contrario, lo acota y nos favorece, quedando en la actualidad limitado a 25 años y en todo caso, condicionado a que el Ayto. pertenezca al Consorcio, de tal forma que si decide salirse del mismo, cesaría el uso a favor del Consorcio. No como ha querido divulgar Compromís, alarmando innecesariamente a los vecinos, diciendo que se iba a vender el agua, con una desfachatez impresentable e irresponsable, pero lo que es de traca es, que el Pp se sumó a promover el asunto, sin ni siquiera preguntar a nadie, ni a los que estuvieron anteriormente, simplemente buscando ruido. No se dejó encima de la mesa por 5 votos a favor y 6 en contra y se aprobó el Convenio de pagos por 6 a favor y 5 en contra.
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En el punto 8, se aprueba por unanimidad, la bonificación del 95% del IBI a la Sociedad Unión Musical de Polop, al ser declarado de especial interés por concurrir circunstancias sociales y culturales. También informa el Alcalde de la rebaja del coeficiente del tipo aplicable del IBI, del 0,77% al 0,73% para el año 2017, se aprueba por 9 a favor y 2 abstenciones.

En el punto 9, se da cuenta de la vacante en el puesto de tesorería, ya que según la Ley, el anterior responsable, la 1º Tte. Alcalde, no puede ejercer las funciones de tesorería y recaudación, que corresponde a un funcionario perteneciente a la subescala de Secretaría-Intervención.

El siguiente punto trata de la resolución final sobre la pérdida de condición de urbanizador del PRI Rotonda, al solicitar la revocación varios propietarios de los terrenos , al haber transcurrido mas de 10 años sin que a la fecha se haya desarrollado el mismo. Se aprueba por 9 a favor y 2 abstenciones.

Los puntos 10 y 11 tratan del inicio de pérdida de condición de urbanizador de las UE nº 2 y 3 (sector 2) y de la UE nº4 y 5(sector 2), se inicia el expediente que garantiza audiencia a todos los afectados, propietarios, etc.. e incautar provisionalmente el aval depositado por el urbanizador, sin perjuicio de lo que se resuelva posteriormente.


Acaba el Pleno con los ruegos y preguntas, sin nada importante que valorar.

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